Derechos del consumidor y usuario
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Derechos del consumidor y usuario
Con la promulgación de la Constitución de 1978, la protección de los consumidores y usuarios se convierte en un principio básico que obliga al Estado asegurar a los ciudadanos sus derechos y libertades en este ámbito. Así, en su artículo 51 se ordena a los poderes públicos que:
Garanticen la defensa de los consumidores y usuarios.
Protejan su seguridad, salud e intereses económicos.
Promuevan la información y la educación de consumidores y usuarios.
Fomenten las organizaciones de consumidores y usuarios y las oigan en lo que pueda afectar a éstos.
Esta disposición constitucional está desarrollada, actualmente,en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (B.O.E. núm. 287, de 30 de noviembre).
La protección de los derechos de los consumidores y usuarios está respaldada fundamentalmente por este Real Decreto y por las normas de protección del consumidor promulgadas por las Comunidades Autónomas en función de sus respectivas competencias; todo ello sin perjuicio de otras normas de carácter sectorial que regulan productos o servicios concretos.
DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONSUMIDORES
a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
DERECHOS SECTORIALES DE LOS CONSUMIDORES
Nuestra legislación contempla, junto a los derechos básicos de los consumidores y usuarios que se aplican con carácter general, una regulación específica en relación con determinados sectores de servicios que concretan o amplían aquellos.
• Derechos de los pasajeros del transporte aéreo.
• Derechos de los viajeros de autobús y autocar.
• Derechos de los usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones.
• Derechos de los usuarios de seguros.
• Los diez principios básicos para la protección de los consumidores en la Unión Europea.
Garanticen la defensa de los consumidores y usuarios.
Protejan su seguridad, salud e intereses económicos.
Promuevan la información y la educación de consumidores y usuarios.
Fomenten las organizaciones de consumidores y usuarios y las oigan en lo que pueda afectar a éstos.
Esta disposición constitucional está desarrollada, actualmente,en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (B.O.E. núm. 287, de 30 de noviembre).
La protección de los derechos de los consumidores y usuarios está respaldada fundamentalmente por este Real Decreto y por las normas de protección del consumidor promulgadas por las Comunidades Autónomas en función de sus respectivas competencias; todo ello sin perjuicio de otras normas de carácter sectorial que regulan productos o servicios concretos.
DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONSUMIDORES
a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
DERECHOS SECTORIALES DE LOS CONSUMIDORES
Nuestra legislación contempla, junto a los derechos básicos de los consumidores y usuarios que se aplican con carácter general, una regulación específica en relación con determinados sectores de servicios que concretan o amplían aquellos.
• Derechos de los pasajeros del transporte aéreo.
• Derechos de los viajeros de autobús y autocar.
• Derechos de los usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones.
• Derechos de los usuarios de seguros.
• Los diez principios básicos para la protección de los consumidores en la Unión Europea.
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